Asesoramiento Fiscal-SII

SII (SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACION)

Es un sistema de gestión del IVA en España introducido por la Agencia Tributaria (AEAT) en 2017. Su objetivo es modernizar la gestión del impuesto y llevar un control de la facturación casi en tiempo real.

¿En qué consiste?

En lugar de presentar los libros de registro de IVA cuando se les requiere por AEAT, las empresas que están en este régimen debe de enviar el detalle de las facturas (emitidas y recibidas) de forma telemática a la sede electrónica de la AEAT.

  • No se envían las facturas físicas/PDF, sino los datos de las mismas.

  • Con esta información, la AEAT va configurando los Libros Registro de IVA del contribuyente casi al instante.

¿Quién está obligado a usarlo?

VENTAJAS

  • Adiós a los modelos informativos: Se elimina la obligación de presentar los modelos 347 (operaciones con terceros), 340 (libros registro) y 390 (resumen anual de IVA).

  • Ampliación de plazos: El plazo para presentar las autoliquidaciones mensuales (Modelo 303) se amplía hasta los primeros 30 días naturales del mes siguiente.

  • Reducción de errores: Al cruzar datos entre cliente y proveedor, la AEAT detecta discrepancias rápidamente, lo que reduce las comprobaciones e inspecciones presenciales.

Contratar nuestros servicios va mucho más allá de «quitarle papeleo». Les podemos aportar beneficios tangibles:

Qué aportarmos a su empresa

Dominio de la Normativa y Casuística Fiscal

Aportamos nuestro conocimiento de la ley del IVA, tanto en lo usual como en las excepciones y reglas especiales del IVA que el SII obliga a detallar:

  • Regímenes especiales: Manejo de agencias de viajes, bienes usados (REBU), criterio de caja o grupos de IVA.

  • Operaciones complejas: Tratamiento de facturas rectificativas, operaciones intracomunitarias, inversión del sujeto pasivo e importaciones (DUA).

  • Actualización constante: Capacidad para informar sobre cambios técnicos o normativos que publique la AEAT de forma inmediata.

Capacidad Técnica y Tecnológica

Dado que el SII es un proceso 100% digital,  hay que saber aplicar el software adecuado:

  • Integración con el ERP: Debemos ser capaz de trabajar junto al equipo de IT para asegurar que el software de la empresa extrae los datos correctamente en el formato XML requerido por la AEAT.

  • Validación de errores: Conocimiento de los códigos de error de la plataforma de la AEAT para solucionar rechazos de facturas de forma rápida.

Calidad del Dato (Auditoría Preventiva)

El SII permite a la AEAT cruzar datos entre cliente y proveedor casi en tiempo real. Por ello, nos  enfocamos en:

  • Conciliación: Realizar chequeos periódicos entre lo enviado al SII y lo que figura en la contabilidad y en los modelos de autoliquidación (Modelo 303).

  • Detección de discrepancias: Revisar lo que la AEAT denomina «Datos de contraste» (lo que otros han declarado sobre nosotros) para corregir errores antes de que llegue un requerimiento.

Priorizamos la Reducción de Riesgos y Sanciones

En nuestro Despacho el asesoramiento es proactivo para evitar las multas específicas del SII:

  • Política de sanciones: Explicar claramente que el retraso en el envío se sanciona con un 0,5% del importe de la factura (con mínimos y máximos).

  • Corrección de errores: Guía rápida sobre cómo anular o modificar registros enviados con datos incorrectos de forma que no generen alarmas en la inspección.

Visión Estratégica

Nosotros entendemos que nuestro  trabajo no es solo «pica datos», o enviar datos a AEAT,  sino que hay que usar la información del SII para:

  • Optimizar el IVA: Aprovechar la extensión de plazos (hasta el día 30 de cada mes) para mejorar la tesorería de la empresa.

  • Preparación para la Factura Electrónica: Ayudar en la transición hacia la nueva Ley Crea y Crece, que estará estrechamente ligada a la forma de trabajar del SII.

En resumen: Un buen asesoramiento del SII debe ser el puente perfecto entre el departamento contable, el departamento de informática y la Agencia Tributaria, garantizando que la información fluya sin errores y dentro de plazo.

Calidad

del Dato: Validamos previamente los registros para asegurar que la información es correcta, completa y coherente, evitando rechazos de la Agencia Tributaria.

Confianza

en que el cumplimiento fiscal se hará con la diligencia y la tecnología necesarias para gestionar grandes volúmenes de datos en tiempo récord y con la máxima precisión.

Innovación

La innovación tecnológica permite a la gestoría actuar de forma preventiva: Antes de enviar un registro a la AEAT, nuestros modelos de software realiza validaciones automáticas minimizando la probabilidad de rechazos o inconsistencias.

Preguntas Frecuentes sobre el SII

¿Cómo se cuentan los 4 días hábiles?

Se excluyen sábados, domingos y festivos nacionales. El cómputo empieza el día siguiente a que se emite la factura (si es emitida) o el día siguiente al registro contable (si es recibida).

A efectos del SII, los festivos que cuentan son los nacionales. Si es festivo local o autonómico en tu ciudad pero no en toda España, el plazo sigue corriendo.

Sí, siempre que se registre y envíe dentro de los límites de deducibilidad del IVA (4 años). La AEAT permite el envío, pero si el retraso es excesivo desde la fecha de expedición, podría haber una sanción por envío fuera de plazo.

No. Esa es una de las grandes ventajas. Al enviar el detalle de las facturas una a una, la AEAT ya tiene la información que antes se enviaba en el 347.

Tarifas

Basica

75 €/mes

Autónomos en Estimación Directa.

Modelos 130

Modelos 303 y 390.

Modelos 347

Libros Registro Obligatorios.

Standard

300€/mes

Empresas Medianas

Modelos 130

Modelos 303 y 390.

Modelos 347

Libros Registro Obligatorios.

Grandes Empresas.

500 €

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