Las sociedades mercantiles que durante dos ejercicios consecutivos reúnan, a la fecha de cierre de cada uno de ellos, al menos dos de las circunstancias siguientes:
Que el total de las partidas del activo supere 2.850.000 euros.
Que el importe neto de su cifra anual de negocios supere 5.700.000 euros.
Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio sea superior a 50.